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Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento
La Ley de Economía del Conocimiento promociona las actividades económicas que apliquen el uso del conocimiento y la digitalización de la información apoyado en los avances de la ciencia y de las tecnologías.
Las actividades beneficiados son: Desarrollo de software, Producción Audiovisual, biotecnología, Servicios geológicos, electrónica y comunicaciones, nanotecnología, Industria aeroespacial, Inteligencia artificial y robótica, Servicios (solo para exportación).
NUESTROS SERVICIOS
Asesoramiento y Gestión
Incorporación de la Organización a este Régimen
Lo ayudamos a preparar la solicitud para acceder a los beneficios de este régimen de promoción y gestionamos los trámites administrativos que todo este proceso implica.
Implementación y Certificación
Norma de Calidad requerida
Contamos con una experiencia de más de 20 años implementando Sistemas de Gestión de la Calidad ISO 9001 y Normas vinculadas a la Economía del Conocimiento (Por ejemplo: ISO 27001, ISO/IEC 20000, entre otras)

BENEFICIOS A OBTENER
1
Bono Fiscal
Bono fiscal equivalente al 70% de las contribuciones patronales del personal promovido que se podrá utilizar para cancelar IVA.
2
Reducción de alícuota de Ganancias
Se establece una reducción escalonada de la alícuota del impuesto a las ganancias, aplicable a la ganancia de la actividad promovida, según el tipo de empresa.
Micro: 50% – Pequeña y Mediana: 40% – Grande: 20%.
3
Retenciones y percepciones de IVA
Aquellas empresas promovidas que efectúen operaciones de exportación de actividades promovidas, no serán pasibles de retenciones y percepciones de IVA.
4
Retenciones de Ganancias en el Exterior
Serán computables como gasto a los efectos de la determinación del impuesto a
las ganancias.
5
Estabilidad Fiscal
Existe estabilidad fiscal acotada a los beneficios previstos en el régimen de promoción y respecto de la actividad promovida.
REQUISITOS DE LA LEY
-
Acreditar que un 70% de la facturación total proviene de la Economía del Conocimiento o demostrar que estas actividades son incorporadas transversalmente a sus procesos productivos.
-
Estar constituido como una persona jurídica.
-
No tener deudas fiscales, previsionales, laborales ni gremiales.
-
Cumplir 2 de estas condiciones:
> Certificar calidad en los productos, servicios o procesos bajo una norma conocida para ese fin o mediante la acreditación de un plan de mejora continua.
> Invertir en capacitación o investigación y desarrollo de la Economía del Conocimiento.
> Exportar bienes o servicios de la Economía del conocimiento.
-
Las microempresas con antigüedad menor a 3 años o que no cuenten con ninguna facturación, únicamente tendrán como requisito realizar alguna de las actividades de la Economía del Conocimiento. Si deja de ser micro empresa o al transcurrir 4 años de la inscripción al Régimen, deberá cumplir los requisitos comunes.